¿Qué objetivo tiene la «Línea Financiación Bonificada IVF-Resistir»?
Otorgar préstamos bonificados para la financiación de autónomos y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana
¿A quién va dirigida esta ayuda?
- Podrán ser beneficiarios los autónomos y pequeñas y medianas empresas cuya actividad se englobe en alguno de los sectores más afectados por la pandemia, como son la hostelería, restauración, cafeterías y actividades conexas (consultar Anexo II de la convocatoria). La sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad deberá estar radicado en la Comunitat Valenciana
¿Qué tipo de ayuda es la «Línea Financiación Bonificada IVF-Resistir»?
Se trata de un préstamo que tiene las siguientes condiciones:
IMPORTE: El valor nominal del préstamo se situará entre 15.000 euros y 1.000.000 euros, si bien,
- En caso de que la financiación tenga por objeto la adquisición de activos fijos, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de financiación. No obstante lo anterior, el préstamo del IVF podrá financiar hasta el 100% del valor de las cuotas participativas necesarias para contratar el aval de una SGR como garantía de la operación.
- El valor nominal del préstamo no podrá ser superior a 500.000 euros si el solicitante es un autónomo o una microempresa, entendiendo por tales a compañías que, según la última Relación Nominal de Trabajadores, acrediten una cifra de empleo inferior a 10 trabajadores.
- Los límites que, con respecto al valor nominal del préstamo, establece este artículo deberán entenderse como relativos al grupo de empresas al que pertenece, en su caso, la empresa solicitante de financiación, de modo que la suma de la financiación bonificada que, al amparo de esta convocatoria, otorgue el IVF al grupo de empresas del solicitante no podrá exceder en ningún caso los citados límites.
- Los límites que, con respecto al valor nominal del préstamo, establece este artículo deberán entenderse como relativos al ejercicio 2021, de modo que la suma de la financiación bonificada que, al amparo de esta u otras convocatorias, otorgue el IVF al solicitante de financiación no podrá exceder en ningún caso los citados límites.
PLAZO/CARENCIA: De 3 a 6 años con un máximo de 2 años de carencia.
COMISIONES: No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.
TIPOS DE INTERÉS: El solicitante podrá optar entre dos modalidades de cálculo del Tipo de Interés Nominal de la Financiación Bonificada (TINFB), modalidad A y modalidad B, de las cuales dependerá el valor nominal máximo del préstamo.
- Modalidad A: el tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y el margen de riesgo de crédito que se determinará atendiendo a la tabla siguiente:
RATING DE ACUERDO CON EL SIR DEL IVF |
MARGEN DE RIESGO DE CRÉDITO (%) |
BBB |
0,25 |
BB |
0,50 |
B |
1,25 |
- Modalidad B: el tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y el margen de riesgo de crédito, que se determinará atendiendo a la tabla siguiente:
MARGEN DE RIESGO DE CRÉDITO (%) |
PRIMER AÑO |
AÑOS 2 Y 3 |
AÑOS 4, 5 Y 6 |
0,50% |
0,75% |
1,00% |
En caso de que el beneficiario no manifieste preferencia por alguna de las dos modalidades, se presumirá que opta por la modalidad A.
El Tipo de Interés Nominal de la Financiación Bonificada (TINFB) será igual al 0% para operaciones de financiación a empresas con sede social o centro de desarrollo de actividad en municipios en riesgo de despoblamiento.
TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR): Las operaciones financieras otorgadas al amparo de esta Convocatoria pueden incorporar un componente de ayuda, vinculado a la condonación parcial del préstamo, que no podrá superar un porcentaje máximo del 30% del valor nominal de la operación.
El TNR se determinará atendiendo a la siguiente tabla:
IMPORTE DEL PRÉSTAMO (X) |
TNR MARGINAL (%) |
TNR EN EUROS |
Hasta 30.000 |
30% |
30% x |
Entre 30.000 y 250.000 |
20% |
9.000 + 20% (x – 30.000) |
Entre 250.000 y 500.000 |
15% |
53.000 + 15% (x – 250.000) |
Más de 500.000 |
10% |
90.500 + 10% (x – 500.000) |
¿Qué dotación dispone la «Línea Financiación Bonificada IVF-Resistir»?
5.000.000 €
¿Qué tipo de proyectos subvenciona?
Los proyectos tendrán como finalidad:
- Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipo
- Sostenimiento del capital circulante de la empresa, incluyendo la contratación de mano de obra, la adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de la explotación, la financiación de clientes, la inversión en existencias y tesorería operativa de la empresa, así como la cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera.
- Aplazamiento de cuotas de capital e intereses de préstamos otorgados por el IVF con vencimiento desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.
- La novación de préstamos concedidos al amparo de la convocatoria Liquidez Covid19, que se hallen sujetos al marco temporal de la Unión Europea, al objeto de clarificar la naturaleza de las ayudas contempladas en dichos préstamos.
¿Qué tipo de gastos subvenciona la «Línea Financiación Bonificada IVF-Resistir»?
En tanto que inversiones en activos fijos, serán gastos financiables elegibles los siguientes:
- Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la empresa.
- Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación hasta un máximo de 15.000 euros. A este respecto, la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera no se considerará en ningún caso como gasto financiable elegible a los efectos de esta Convocatoria.
- Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
- Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.
Plazo de solicitud de la «Línea Financiación Bonificada IVF-Resistir»?
Hasta el 15/11/2021 o hasta que se agote el presupuesto
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